Artículo 18 - Declaración Universal de Derechos Humanos
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
- Taking Duties Seriously: Individual Duties in International Human Rights Law (PDF) – Ir al proyecto
- Human Rights After September 11 (PDF) – Ir al proyecto
- Discusión sobre Terrorismo – Riesgos y Opciones para las Organizaciones de Derechos Humanos (PDF) – Ir al proyecto
- Catching the Wind – Human Rights: Tenth Anniversary Reflection (PDF) – Ir al proyecto
