Artículo 8 - Declaración Universal de Derechos Humanos
Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.
- Perspectivas Locales: La Ayuda Exterior al Sector de la Justicia (PDF) – Ir al proyecto
- ¿Negociar la Justicia? Derechos Humanos y Acuerdos de Paz (PDF) – Ir al proyecto
- Desempeño y Legitimidad: Instituciones Nacionales de Derechos Humanos (PDF) – Ir al proyecto
- Climate Change and Human Rights: A Rough Guide (PDF) – Ir al proyecto
