“Aplomo latente, transigencia evidente”: responsabilidad de las organizaciones no gubernamentales y los derechos humanos , Distinguido asociado de Demos en Nueva York
¿Por qué las discusiones sobre la responsabilidad de las organizaciones no gubernamentales generan tanta tensión y desacuerdo? Esta interrogante se puede responder argumentando que, en el fondo de las discusiones que tratan de determinar cuáles son los mejores métodos, criterios de medición y marcos reguladores, el concepto de la rendición de cuentas abarca cuestiones más profundas relacionadas con el poder y la responsabilidad, así como la salud de la democracia y la futura supervivencia de la acción civil independiente.
Con base en mi experiencia, considero que, aunque no existe desacuerdo en torno al hecho de que las organizaciones no gubernamentales deban ser responsables, sí existen una serie de inquietudes fundadas sobre lo que esto significa en la práctica, en particular en el caso de los grupos defensores de los derechos humanos que actúan en contextos en donde la rendición de cuentas se puede utilizar como un mecanismo para restringir sus actividades. Por lo tanto, el primer paso para procurar la negociación de soluciones que resulten efectivas tanto para las organizaciones no gubernamentales como para los gobiernos consiste en enmarcar la discusión sobre la responsabilidad dentro del contexto correspondiente. El siguiente paso consiste en procurar un equilibrio funcional entre los derechos y las responsabilidades que proteja la libertad de organización a cambio del escrutinio legítimo público. “Aplomo latente, transigencia evidente” es una frase que utilizan a menudo los activistas sociales, la cual describe de manera efectiva el proceso: mantenerse fiel a la misión y a los principios considerando a la vez la responsabilidad de la forma más flexible y creativa que sea posible.
La mayoría de nosotros tenemos una relación de sentimientos encontrados con la concentración del poder, pues preferimos distribuir el poder en la medida de lo posible con el fin de mitigar los abusos. Sin embargo, también estamos conscientes de que la concentración de poder es fundamental para procurar la justicia social cuando el poder se ejerce por medio del Estado, así como de su función de garante supremo de la seguridad humana y como titular de las obligaciones internacionales fundamentadas en los derechos; o bien, cuando dicho poder se ejerce por medio de organizaciones no gubernamentales y movimientos sociales de gran envergadura capaces de proteger los derechos humanos y de promover reformas de políticas de cara a la oposición concertada.
La rendición de cuentas es el mecanismo que viene a completar esta ecuación al actuar como contrapeso de la concentración del poder. Todos nosotros compartimos la obligación de responder por nuestras acciones, lo cual constituye probablemente la definición más simple del concepto de la responsabilidad. No cabe duda de que se trata de un concepto mucho más complejo, pero considero que todas las definiciones de la responsabilidad incluyen la responsabilidad de rendir informes con claridad y transparencia a las partes interesadas sobre cualquier actividad que afecte sus vidas, así como la disposición de someterse, en determinadas condiciones, al criterio de alguna autoridad legítima.
En este sentido, cabe preguntarse qué es lo que otorga la “legitimidad” a una autoridad determinada. Las restricciones de la libertad de expresión y de asociación, el aumento de formas reguladoras y de investigación más intervencionistas, y la “segurización” de los debates sobre las organizaciones no gubernamentales y su labor son aspectos que dan un tinte perverso al concepto de responsabilidad. Asimismo, en los entornos muy politizados u orientados a la seguridad, resulta aún más difícil procurar innovaciones en el ámbito de la responsabilidad de las organizaciones no gubernamentales en vista de que los resultados que se han logrado por medio de una mayor apertura al escrutinio público pueden ser utilizados para destruir a la misma organización o para cerrarle el acceso a fuentes de influencia o de recursos, en vez de utilizarlos como incentivo para mejorar su desempeño. En estas situaciones, la política de la responsabilidad de las organizaciones no gubernamentales resulta mucho más divisoria que los aspectos técnicos. Cabe preguntarse entonces, ¿qué debemos hacer ante este panorama?
Considero que el procedimiento más apropiado es reconocer que todas las organizaciones no gubernamentales tienen derechos y responsabilidades que deben negociarse constantemente de acuerdo con el contexto, lo cual permite proteger el espacio para la acción ciudadana independiente, pero a cambio del cumplimiento de las regulaciones pertinentes que permite garantizar que estas organizaciones actúan a favor del interés público. Cuando el concepto del “interés público” es tan difuso y amorfo que no se puede utilizar en un sentido real y operativo, entonces al menos se puede garantizar que las actividades que se suponen “benéficas” se puedan divulgar ampliamente y poner a disposición del público para su cuestionamiento. La oportunidad de conocer la labor de una organización y de plantear cuestionamientos sobre la misma es sin duda el fundamento del concepto de la responsabilidad.
No obstante, cuando se depende en forma exclusiva de la autorregulación o de la regulación voluntaria es poco probable que esta práctica resulte efectiva para examinar casos de malversación, como también es improbable que resulte políticamente factible en contextos donde se espera que los gobiernos ejerzan sus poderes de supervisión de forma sistemática en todas las instituciones de la sociedad. Las organizaciones no gubernamentales no tienen nada en especial que las exima de esa supervisión, y si la autorregulación resulta inadecuada para las empresas e incluso para los gobiernos, es difícil sustentar un caso especial para argumentar que la autorregulación sí se debería aplicar en las organizaciones no gubernamentales, salvo en los casos en que la aplicación de mecanismos específicos de rendición de cuentas expongan a una organización o a sus beneficiarios a posibles violaciones de sus derechos fundamentales, a saber, los derechos que superan a los de las autoridades que gobiernan el ámbito de acción de las organizaciones no gubernamentales.
En estas situaciones, el equilibrio entre los derechos y las responsabilidades de las organizaciones no gubernamentales lógicamente cambiaría aun cuando los gobiernos continúen insistiendo en aplicar un trato uniforme. Y como sucede en todas esas situaciones, la definición de la “legitimidad” llega a convertirse en una competencia de carácter legal y política. Las organizaciones no gubernamentales de derechos humanos enfrentan en mayor medida estas disyuntivas, pero no existe una solución mágica para resolverlas. Por lo tanto, se debe recurrir a la negociación continua, la cual se debe hacer con la valentía y la flexibilidad necesarias para entretejer los derechos y las responsabilidades en el dinámico caleidoscopio contextual. La aplicación del principio del “aplomo latente, transigencia evidente” nos permitirá llevar nuestra labor a un buen término.
Autor del libro Small Change: Why Business Won’t Save the World.
